Disposición transitoria tercera. Órganos competentes en materia de tramitación y resolución de convocatorias de subvenciones de trabajo autónomo, economía social y responsabilidad social de las empresas.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo. · BOE-A-2024-10238
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-23.
Texto consolidado
La tramitación y resolución de los procedimientos administrativos vigentes a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto, relacionados con convocatorias anuales de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal serán competencia de la Dirección General del Trabajo Autónomo o de la Dirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, según su respectivo ámbito competencial.
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