Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de la prestación de servicios comunes.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 455/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad. · BOE-A-2020-3515
Atención: Real Decreto 455/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática continuará prestando los servicios comunes al Ministerio de Igualdad en tanto no se distribuyan sus efectivos y se definan, en su caso, los términos en los que se prestarán los servicios comunes de ambos ministerios.