El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Disposición transitoria tercera. Marcado facultativo de los huevos.

Disposición transitoria tercera del Real Decreto 226/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria de comercialización de huevos. · BOE-A-2008-4208

Atención: Real Decreto 226/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Podrán seguir utilizándose en los términos actuales las menciones relativas al marcado facultativo para aquellos productores o marcas que lo vinieran utilizando, debiendo adaptarse a las condiciones exigidas en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 5 así como a lo establecido en el artículo 6 en un plazo máximo de seis meses tras la entrada en vigor de este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-03-06.

Más artículos de Real Decreto 226/2008

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 226/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.