Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes. · BOE-A-1986-28777
Atención: Real Decreto 2245/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los Agentes de la Propiedad Industrial actualmente inscritos habrán de completar la fianza que tienen constituida hasta el importe fijado en el artículo 60 en el plazo de dos meses, a contar desde la entrada en vigor de este Reglamento.