Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 1856/1978, de 29 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Organización Colegial de A. T. S. · BOE-A-1978-20503
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-08-08.
Texto consolidado
Los diplomados en Enfermería, cuando obtengan este título, deberán incorporarse a los Colegios de Ayudantes Técnicos Sanitarios para el ejercicio de su profesión, con igualdad de derechos corporativos que los profesionales cuya incorporación se regula en estos Estatutos.