Disposición transitoria tercera. Régimen presupuestario.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 185/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Antidopaje. · BOE-A-2008-2596
Atención: Real Decreto 185/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Consejo Superior de Deportes continuará gestionando los créditos necesarios para el funcionamiento de la Agencia Estatal Antidopaje hasta el momento en que se apruebe para ésta su presupuesto definido en los términos previstos en la Ley 28/2006, de 18 de julio.
Más artículos de Real Decreto 185/2008
- ← Disposición transitoria segunda. Plan inicial de actuación.
- → Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 2195/2004, de 25 de noviembre, por el que se regula la estru…
- Ver la norma completa: Real Decreto 185/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Antidopaje.