Disposición transitoria tercera. Cursos de complemento de formación.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil. · BOE-A-2018-3764
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-06.
Texto consolidado
A las guardias civiles que sean nombradas alumnas de los cursos de complemento de formación que se convoquen de acuerdo con la disposición transitoria tercera de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, les será de aplicación, en su caso, lo dispuesto en el capítulo V del Reglamento aprobado por este real decreto.
Más artículos de Real Decreto 131/2018
- ← Disposición transitoria segunda. Efectos de las homologaciones en el ámbito de la enseñanza de la Guardia Civil. Reco…
- → Disposición transitoria cuarta. Cursos de capacitación para el personal de las escalas a extinguir de la Ley 42/1999,…
- Ver la norma completa: Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.