Disposición transitoria tercera. Acuerdo Marco entre el Ministerio de Sanidad y la Fundación Internacional «José Carreras».
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos. · BOE-A-2006-19625
Atención: Real Decreto 1301/2006 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Acuerdo Marco de 13 de junio de 1994 suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Fundación Internacional «José Carreras» para el trasplante de médula ósea de donantes no emparentados, mantendrá su validez a la entrada en vigor de este real decreto.
El Ministerio de Sanidad y Consumo tomará las medidas necesarias para asegurar que los contenidos que se regulan en dicho Acuerdo se adaptan a las previsiones contenidas en este real decreto.
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