El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición transitoria tercera. Alumnos y alumnas que hayan superado el primer curso de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.

Disposición transitoria tercera del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2014-2360

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-06.

Texto consolidado

El alumno o la alumna que hubiera superado el primer curso de un Programa de Cualificación Profesional Inicial durante el curso 2013-2014, y que por razón de la organización de la oferta de estas enseñanzas tuviera módulos obligatorios en segundo curso, según lo establecido por las Administraciones educativas competentes, podrán finalizar dicho programa durante el curso 2014-2015. Además, durante el curso 2014-2015 podrán cursar el segundo curso del Programa de Cualificación Profesional Inicial cuyo primer curso hubieran superado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-03-06.

Más artículos de Real Decreto 127/2014

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 127/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.