Disposición transitoria tercera. Solicitudes de abono anticipado presentadas a partir del 1 de enero de 2023.
Disposición transitoria tercera de la Orden HAC/177/2020, de 27 de febrero, por la que se aprueba el modelo 140, de solicitud del abono anticipado de la deducción por maternidad del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regula la comunicación de variaciones que afecten al derecho a su abono anticipado. · BOE-A-2020-2901
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
Las solicitudes de abono anticipado de las deducciones a que se refiere el apartado 1 del artículo 81 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, podrán presentarse a partir del 2 de enero de 2023.
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