Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-1998-27864
Atención: Ley Orgánica 8/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A la entrada en vigor de esta Ley cesarán los efectos de las sanciones de arresto, en el supuesto contemplado en su artículo 69, cuando se hubiere superado, o desde el momento en que se cumpla, el tiempo de cuatro meses en su cumplimiento sucesivo.