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Ley Foral Vigente 2 redacciones

Disposición transitoria tercera. Medios personales y materiales.

Disposición transitoria tercera de la Ley Foral 7/2018, de 17 de mayo, de creación de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra. · BOE-A-2018-7644

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-31.

Texto consolidado

Para la puesta en marcha de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra, el Gobierno de Navarra velará para que la oficina cuente con los medios personales y materiales necesarios para su funcionamiento, pudiendo facilitar la adscripción de personal en comisión de servicio a dichas plazas.

Dicha adscripción podrá producirse con carácter previo a la aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento y de la relación de puestos de trabajo de la Oficina, en cuyo caso el personal adscrito permanecerá durante el tiempo de su duración en situación de servicio activo y le serán garantizadas las retribuciones personales y las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñara en su Administración de origen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-1406.

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