Disposición transitoria tercera. Servicios públicos competentes.
Disposición transitoria tercera de la Ley Foral 15/2016, de 11 de noviembre, por la que se regulan los derechos a la Inclusión Social y a la Renta Garantizada. · BOE-A-2016-11671
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-11-19.
Texto consolidado
En tanto no se establezcan reglamentariamente los servicios públicos a los que se refiere el artículo 18 de la presente ley foral, estas funciones serán realizadas por los Servicios Sociales de Base.