Disposición transitoria tercera. Obligación de disponer de contadores.
Disposición transitoria tercera de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía. · BOE-A-2010-13465
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-10.
Texto consolidado
Los usuarios deberán disponer de contadores homologados para la medición de los consumos, en el plazo de dieciocho meses a contar desde la entrada en vigor de esta Ley.