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Ley Derogada

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera de la Ley 9/1988, de 19 de julio, de Estadística de Galicia. · BOE-A-1988-22860

Atención: Ley 9/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A la entrada en vigor de la presente Ley se transferirán al Instituto Gallego de Estadística, que ahora se crea, los medios materiales y personales y las correspondientes dotaciones presupuestarias actualmente afectas al Centro de Información Estadística de Galicia, creado por el Decreto 148/1984, de 6 de septiembre, así como las dotaciones complementarias que se consideren convenientes para su correcto funcionamiento en este primer ejercicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-08-23.

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