Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera de la Ley 6/2018, de 22 de noviembre, por el que se crea el Organismo Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria. · BOE-A-2019-397
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-21.
Texto consolidado
Para la cobertura de los puestos de la relación de puestos de trabajo del Organismo Autónomo del Cuerpo Técnico de Mando de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento y Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Atención de Emergencias incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Organismo Autónomo a que se refiere la Disposición adicional tercera, el sistema selectivo será el concurso-oposición, valorándose en la fase de concurso, de manera especial y entre otros méritos, la formación y la antigüedad en la sociedad anónima unipersonal 112 Cantabria del personal que acredite relación laboral formalizada.
Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por la disposición adicional 3 de la Ley 4/2021, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-2021-10670#da-3, entra en vigor el 21 de noviembre de 2021, según determina su disposición final 2.
Redacción anterior:
"Disposición transitoria tercera. Cobertura de los puestos de la Relación de Puestos de Trabajo del Organismo Autónomo del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Atención de Emergencias y el Cuerpo de Agentes de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.
Para la cobertura de los puestos del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Atención de Emergencias y el Cuerpo de Agentes de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Organismo Autónomo a que se refiere la Disposición adicional tercera, el sistema selectivo será el concurso-oposición, valorándose en la fase de concurso, de manera especial y entre otros méritos, la formación y la antigüedad en la sociedad anónima unipersonal 112 Cantabria del personal que acredite relación laboral formalizada."
Se modifica, con efectos de 21 de noviembre de 2021, por la disposición adicional 3 de la Ley 4/2021, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-2021-10670#da-3
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 4/2021, de 13 de mayo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma..
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