Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-1986-12725
Atención: Ley 4/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En tanto se dicten normas especiales de la Comunidad Autónoma relativas a los distintos bienes y derechos cuya titularidad ostenta, se tendrá en cuenta para su aplicación las normas del Estado.