Disposición transitoria tercera. Estatutos.
Disposición transitoria tercera de la Ley 3/2010, de 26 de febrero, de creación del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Extremadura. · BOE-A-2010-4678
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-03.
Texto consolidado
Los Estatutos, una vez aprobados por la Asamblea constituyente, serán remitidos junto con el acta certificada a la Consejería que tenga atribuida las competencias en materia de Colegios Profesionales e incluirá la composición de los órganos de gobierno del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Extremadura para su control de legalidad y posterior inscripción registral y publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».