Disposición transitoria tercera. Asunción efectiva de funciones por la Agencia.
Disposición transitoria tercera de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales. · BOE-A-2008-3180
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.
Texto consolidado
Hasta que se produzca la asunción efectiva por la Agencia de las funciones previstas en las letras a), b), d), e) y f) del artículo 6, estas seguirán ejerciéndose por los órganos de la Consejería de Economía y Hacienda, otras Consejerías, oficinas, o entidades vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía que las tuvieran atribuidas conforme a la normativa vigente a la fecha de entrada en vigor de esta Ley.