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Ley Vigente

Disposición transitoria tercera. Límites de velocidad para vehículos de tres ruedas asimilados a motocicletas.

Disposición transitoria tercera de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora. · BOE-A-2009-18732

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-24.

Texto consolidado

Hasta que se modifique el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, y se fijen los límites de velocidad para los vehículos de tres ruedas asimilados a las motocicletas, estos vehículos tendrán los mismos límites de velocidad que se establecen en dicho Reglamento para las motocicletas de dos ruedas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-24.

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