Disposición transitoria tercera. Financiación de la prestación de los servicios de radiodifusión y televisión.
Disposición transitoria tercera de la Ley 12/2015, de 29 de diciembre, para la recuperación del servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, de titularidad de la Generalitat. · BOE-A-2016-1272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Mientras Les Corts aprueban la ley reguladora del servicio público de radiotelevisión valenciana, se autoriza al Consell, dentro de los límites que se establezcan en la ley de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2016, a efectuar las contrataciones de obras, servicios y suministros que resulten necesarias para la preparación de los diferentes servicios que deben integrar el modelo de radiotelevisión pública valenciana.