El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición transitoria tercera. Hospederías.

Disposición transitoria tercera de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-750

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-13.

Texto consolidado

Los establecimientos que estén inscritos como hospederías rurales a la entrada en vigor de esta ley se regirán por lo establecido en el Decreto 76/2005, de 22 junio, en tanto no se desarrolle la presente norma.

Asimismo, los establecimientos que comuniquen el inicio de actividad como hospederías rurales con posterioridad a la entrada en vigor de esta ley serán clasificados de acuerdo con el Decreto 76/2005, de 22 de junio, en tanto no entre en vigor la norma que desarrolla la presente ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-13.

Más artículos de Ley 12/2013

En El Vínculo puedes leer Ley 12/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.