Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera de la Ley 11/1986, de 20 de noviembre, por la que se reconoce la personalidad jurídica de la parroquia rural. · BOE-A-1987-773
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-24.
Texto consolidado
En tanto se constituye el órgano consultivo superior a la Comunidad Autónoma el informe a que hace referencia el artículo 20 será instado del Consejo de Estado.