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Ley Derogada

Disposición transitoria tercera. Criterios de admisión de residuos en vertederos.

Disposición transitoria tercera de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2001-425

Atención: Ley 10/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En tanto se produzca el desarrollo reglamentario previsto en los artículos 55 y 56 de esta Ley, los criterios de admisión de residuos en vertederos se someterán al régimen vigente a la entrada en vigor de esta Ley.

Hasta tanto se produzcan los desarrollos reglamentarios previstos en el artículo 57, las condiciones de las autorizaciones de los nuevos vertederos serán las establecidas en el régimen vigente y en el anexo 1 de la Directiva 1999/31/CE, del Consejo de la Unión Europea.

Lo dispuesto en el artículo 5,8 referente a los costes del vertido de residuos, entrará en vigor en el momento de la transposición de la Directiva 1999/31/CE, de 26 de abril, del Consejo de la Unión Europea, relativa al vertido de residuos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-15.

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