Disposición transitoria sexta.
Disposición transitoria sexta de la Resolución por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas. · BOE-A-1969-689
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-06-23.
Texto consolidado
La Junta de gobierno del Colegio procederá a formalizar, con la mayor urgencia posible, la admisión en el Colegio de las solicitudes presentadas desde la publicación del Decreto de constitución del mismo.