Disposición transitoria sexta. Actuaciones a acometer entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2021.
Disposición transitoria sexta de la Orden TED/1286/2020, de 29 de diciembre, por la que se establecen la retribución y cánones de acceso de los almacenamientos subterráneos básicos para el año 2021. · BOE-A-2020-17346
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
Conforme lo dispuesto en la normativa en vigor en relación con los planes anuales y plurianuales de inversiones, antes del 1 de febrero de 2021 los titulares de almacenamientos subterráneos básicos presentarán a la Secretaría de Estado de Energía, a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, al Gestor Técnico del Sistema y a los órganos competentes de las comunidades autónomas afectadas, la información que recoge la referida normativa en vigor relativa a las nuevas instalaciones y bajas o modificaciones de instalaciones existentes, así como a cualquier otra inversión o gasto de operación y mantenimiento no recurrente que se prevea acometer entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2021.
Una vez recibida esta información, mediante resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y audiencia del interesado, se determinarán los costes activados relativos al periodo entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2020, que se incluirán en el régimen retributivo, conforme a los criterios de admisibilidad de costes de la normativa en vigor.
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