Disposición transitoria sexta. Integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado.
Disposición transitoria sexta de la Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado. · BOE-A-2015-9228
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-11.
Texto consolidado
La integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado, se realizará a partir de la elaboración de la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2017.
Téngase en cuenta que esta última actualización será aplicable a la Cuenta General del Estado del año 2015 y siguentes según se establece en la disposición final única de la citada Orden.
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 224, de 16 de septiembre de 2016. Ref. BOE-A-2016-8483.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-7690.
Más artículos de Orden HAP/1724/2015
- ← Disposición transitoria quinta. Información comparativa en el primer ejercicio de aplicación de la presente Orden.
- → Disposición transitoria séptima. Identificación de las entidades multigrupo y asociadas en el Inventario de Entes del…
- Ver la norma completa: Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado.