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Ley Foral Vigente

Disposición transitoria sexta. Plazo para la retirada de elementos en Monumentos.

Disposición transitoria sexta de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra. · BOE-A-2005-20981

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-25.

Texto consolidado

En el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de esta Ley Foral, los responsables de la instalación deberán eliminar la publicidad, cables, antenas y conducciones a que se refiere el artículo 39 de esta Ley Foral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-25.

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