Disposición transitoria sexta. Habilitaciones y modificaciones presupuestarias.
Disposición transitoria sexta de la Ley 9/2004, de 24 de noviembre, de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi. · BOE-A-2011-18158
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-16.
Texto consolidado
Se autoriza al Departamento de Hacienda y Administración Pública para realizar, de acuerdo con la legislación reguladora del régimen presupuestario de la Comunidad Autónoma del País Vasco, las habilitaciones y modificaciones presupuestarias precisas para dotar a la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi de los créditos necesarios para su funcionamiento hasta que se incluyan en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.