Disposición transitoria sexta.
Disposición transitoria sexta de la Ley 9/1996, de 27 de diciembre, reguladora del Consejo Escolar del Principado de Asturias. · BOE-A-1997-2523
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-01.
Texto consolidado
En el plazo de dos meses desde su constitución, el Consejo Escolar del Principado de Asturias elaborará su propio reglamento de funcionamiento, el cual será remitido a la Consejería competente en materia de educación, para su aprobación por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.