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Ley Derogada

Disposición transitoria sexta. Señalización.

Disposición transitoria sexta de la Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón. · BOE-A-2002-9244

Atención: Ley 5/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En un plazo de dos años desde la entrada en vigor de la Ley deberá procederse a la adaptación de las señales actuales delimitadoras de los cotos de caza a los nuevos tipos establecidos en la presente Ley, incluidos los números de matrícula.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-07.

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