Disposición transitoria séptima.
Disposición transitoria séptima de la Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. · BOE-A-1981-9564
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-05-18.
Texto consolidado
Las transferencias que hayan de realizarse en materia de enseñanza para traspasar a la competencia de la Comunidad Autónoma los servicios y centros del Estado en Galicia, se realizarán de acuerdo con los calendarios y programas que defina la Comisión Mixta.