Disposición transitoria séptima. Plazo de inicio de la aplicación de la reserva de denominaciones.
Disposición transitoria séptima de la Ley 8/2022, de 30 de junio, sobre acceso y ejercicio de profesiones de la actividad física y del deporte en la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2022-14085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-20.
Texto consolidado
La reserva de denominaciones establecida en el artículo 11 será aplicable a partir del 1 de enero de 2026.
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