Disposición transitoria séptima. Actualización de la cuantía de las prestaciones económicas de dependencia preexistentes.
Disposición transitoria séptima de la Ley 6/2013, de 8 de julio, de medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas · BOE-A-2013-8990
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-11.
Texto consolidado
La cuantía de las prestaciones económicas de dependencia reconocidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley deberá adaptarse a lo dispuesto en la misma. Los efectos económicos de esta adaptación serán desde la entrada en vigor de la presente ley, sin perjuicio de la correspondiente regularización en las nóminas mensuales.
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