Disposición transitoria séptima.
Disposición transitoria séptima de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad-«Mossos d'Esquadra». · BOE-A-1994-18777
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-31.
Texto consolidado
Vista la urgencia en la cobertura de las necesidades del servicio público policial, mediante resolución del órgano competente, lo establecido en la disposición adicional octava puede aplicarse a los procesos selectivos en curso en la fecha de entrada en vigor de esta ley, aunque las bases no lo hayan previsto.
Las plazas necesarias para proveer estos puestos de trabajo lo serán a cargo de las plazas que no hayan sido cubiertas de las ofertas de empleo de los últimos tres años, de la oferta en curso y, eventualmente, a cargo de las ofertas públicas de los siguientes dos años. La resolución debe incorporar el número de plazas y a cargo de qué oferta se imputan.
Se suprime por el art. 53.7 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-953
Redactada conforme a la corrección de erratas publicada en el DOGC núm. 8626, de 15 de marzo de 2022. Ref. BOE-A-2022-4851#au
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-26072.