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Ley Derogada

Disposición transitoria séptima. Determinación de las funciones, derechos y obligaciones de las agrupaciones de voluntarios.

Disposición transitoria séptima de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte. · BOE-A-1990-25037

Atención: Ley 10/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente modificación, la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos llevará a cabo las propuestas a que hace referencia el apartado 2 del artículo 62 de la presente Ley.

Se interpreta por su contenido que la numeración correcta es disposición transitoria séptima.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

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