Disposición transitoria segunda. Aplicación de la nueva redacción de los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural. · BOE-A-2022-12925
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-02.
Texto consolidado
La nueva redacción dada a los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, podrá aplicarse a las reclamaciones formuladas bajo la vigencia de la redacción anterior que estén pendientes de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto Ley.
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