Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 14/1976, de 10 de agosto, por el que se crea el Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública. · BOE-A-1976-15545
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1976-08-13.
Texto consolidado
Asimismo podrán integrarte en el Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública los funcionarios del Cuerpo General Administrativo que, poseyendo el título de Bachiller superior o equivalente, estén destinados en el Ministerio de Hacienda en la fecha de publicación de este Real Decreto-ley, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan y previa superación de las pruebas selectivas y de formación que determine el Ministerio de Hacienda.
Los funcionarios del Cuerpo indicado que deseen hacer uso de este derecho deberán solicitarlo en el plazo de tres meses.