Disposición transitoria segunda. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera. · BOE-A-1995-27964
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-01.
Texto consolidado
Las modificaciones efectuadas en el párrafo b) del artículo 34 y en el artículo 56 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por los artículos 13 y 15 de este Real Decreto-ley, surtirán efectos desde el 1 de enero de 1995.