Disposición transitoria segunda. Docencia en las materias de Bachillerato de la modalidad de Artes establecida en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 588/2022, de 19 de julio, por el que se establecen las especialidades docentes de los Cuerpos de Profesores y de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas de Arte Dramático. · BOE-A-2022-12014
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-09.
Texto consolidado
Hasta la implantación de la nueva ordenación establecida por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, el personal funcionario del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas de las especialidades vinculadas a las enseñanzas de Arte Dramático podrá seguir impartiendo las materias de Artes escénicas, Cultura audiovisual y Fundamentos del arte de la modalidad de Artes del Bachillerato, de acuerdo con la asignación que se establece en el anexo VII, en el marco de lo que hubieran dispuesto al efecto las correspondientes Administraciones educativas.
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