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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria segunda. Periodo transitorio.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. · BOE-A-2007-2007

Atención: Real Decreto 47/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La aplicación del Procedimiento básico que se aprueba por este real decreto será de carácter voluntario durante un período de seis meses a contar desde su fecha de entrada en vigor. A partir de esa fecha será de obligatoria aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-30.

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