Disposición transitoria segunda. Revisión periódica y mantenimiento continuo.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 310/2022, de 3 de mayo, por el que se completa el régimen jurídico para la aprobación de los cambios de espacio aéreo y los procedimientos civiles de vuelo. · BOE-A-2022-7319
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-06.
Texto consolidado
1. Corresponderá a los proveedores ATS civiles certificados de tránsito de aeródromo la revisión periódica y mantenimiento continuo de los procedimientos de vuelo visuales asociados al espacio aéreo de su responsabilidad que hayan sido publicados en AIP o hayan solicitado su publicación al Servicio de Información Aeronáutica (AIS) antes de la entrada en vigor del presente real decreto.
2. Corresponderá a Enaire E.P.E., como proveedor ATS, la revisión periódica y mantenimiento continuo del resto de procedimientos civiles de vuelo que hayan sido publicados en AIP o hayan solicitado su publicación al Servicio de Información Aeronáutica (AIS) antes de la entrada en vigor del presente real decreto.
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