Disposición transitoria segunda. Órganos Colegiados de Contratación.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 284/2017, de 24 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. · BOE-A-2017-3187
Atención: Real Decreto 284/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria primera y hasta tanto se apruebe la Orden Ministerial que adapte los órganos colegiados de contratación a la estructura establecida en el presente real decreto, subsistirán con la estructura y facultades que se les atribuye los establecidos en la Orden ECD/1982/2012, de 13 de septiembre, por la que se crean las Mesas de los Órganos de Contratación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Contratación de la Secretaría de Estado de Cultura.
Más artículos de Real Decreto 284/2017
- ← Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo de rango inferior a Subdirección General.
- → Disposición transitoria tercera. Concentración de la tramitación económico-financiera.
- Ver la norma completa: Real Decreto 284/2017, de 24 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.