Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de desconcentración de funciones de contratación en las Direcciones Provinciales en Ceuta y Melilla.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. · BOE-A-2024-5482
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-03-21.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición derogatoria segunda, continuará siendo de aplicación únicamente para las Direcciones Provinciales del Departamento en Ceuta y en Melilla, el Real Decreto 140/1990, de 26 de enero, de desconcentración de determinadas funciones de contratación en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia, hasta que se apruebe la nueva orden de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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