Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los servicios comunes.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2011-20644
Atención: Real Decreto 1887/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los servicios comunes de los Ministerios en los que se hayan producido transferencias de actividad a otros departamentos ministeriales, seguirán prestando los servicios al Ministerio de adscripción hasta tanto se desarrolle la estructura orgánica de los Ministerios y se establezca la distribución de efectivos.
Más artículos de Real Decreto 1887/2011
- ← Disposición transitoria primera. Subsistencia de órganos.
- → Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio en el Ministerio del Interior.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.