Disposición transitoria segunda. Tramitación de procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. · BOE-A-2011-3174
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-02-18.
Texto consolidado
En todos aquellos procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, en los que no se haya llevado a cabo la valoración de la situación de dependencia, se aplicarán las normas contenidas en este real decreto.
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