Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1234/1990, de 11 de octubre, por el que se regula la concesión de pensiones e indemnizaciones del régimen de clases pasivas del Estado a quienes prestan el servicio militar y a los alumnos de los Centros docentes militares de formación. · BOE-A-1990-24962
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-10-16.
Texto consolidado
Para el ejercicio del derecho reconocido en la disposición anterior, se concederá un plazo de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto.
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