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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria segunda. Efectos de la acreditación de unidades de competencia profesionales aún no incluidas en títulos de formación profesional o certificados de profesionalidad.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. · BOE-A-2009-13781

Atención: Real Decreto 1224/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Cuando las administraciones competentes convoquen el procedimiento de evaluación de una unidad de competencia, que aún no esté incluida en algún título de formación profesional o certificado de profesionalidad, se emitirá una acreditación de acuerdo con el anexo III B).

2. Dicha acreditación surtirá efectos de acreditación parcial acumulable cuando sea establecido el correspondiente título o certificado que la incluya.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-08-26.

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