El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Disposición transitoria segunda. Prórroga de los precios para la financiación de pagos por capacidad y cuotas con destinos específicos del año 2021, y de la desagregación del importe de la factura.

Disposición transitoria segunda de la Orden TED/1271/2020, de 22 de diciembre, por la que se establecen diversos costes regulados del sistema eléctrico para el ejercicio 2021 y se prorrogan los peajes de acceso de energía eléctrica a partir del 1 de enero de 2021. · BOE-A-2020-17206

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

1. Excepto el recargo para recuperar el déficit de ingresos de las actividades reguladas del ejercicio 2005, a partir del 1 de enero de 2021 los precios unitarios para la financiación de los pagos por capacidad y los costes definidos como cuotas con destinos específicos serán los establecidos en los artículos 3 y 5, respectivamente, de la Orden TEC/1366/2018, de 20 de diciembre.

A partir del 1 de enero de 2021, el recargo para recuperar el déficit de ingresos de las actividades reguladas del ejercicio 2005, será nulo.

2. Con carácter transitorio, para el año 2021, la desagregación del importe de la factura que los comercializadores de energía eléctrica deberán aplicar de conformidad con lo dispuesto en el apartado octavo de la Resolución de 23 de mayo de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, será la recogida en la disposición adicional primera de la Orden TEC/1366/2018, de 20 de diciembre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Más artículos de Orden TED/1271/2020

En El Vínculo puedes leer Orden TED/1271/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.