El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Disposición transitoria segunda. Declaración de ingresos por facturación de consumos anteriores al 1 de octubre de 2021.

Disposición transitoria segunda de la Orden TED/1022/2021, de 27 de septiembre, por la que se regulan los procedimientos de liquidación de las retribuciones de actividades reguladas, cargos y cuotas con destinos específicos del sector gasista. · BOE-A-2021-15776

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-01.

Texto consolidado

1. Los ingresos correspondientes a consumos anteriores al 1 de octubre de 2021 serán asignados al procedimiento de liquidación al que corresponda el peaje o canon equivalente definido en la Circular 6/2020, de 22 de julio, o en el Real Decreto 1184/2020, de 29 de diciembre.

2. En el caso de ingresos procedentes de la facturación del término de conducción del peaje de transporte y distribución, definido en el artículo 31 del Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, se llevará a cabo un reparto del ingreso entre los procedimientos de liquidación de forma proporcional a la retribución a recuperar por cada uno de los peajes y cargos aplicables en el punto de suministro según la Circular 6/2020, de 22 de julio, y el artículo 8.1.b) del Real Decreto 1184/2020, de 29 de diciembre. Los valores de las retribuciones a recuperar serán los utilizados en la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por la que se establezcan los peajes de acceso y en la orden ministerial en la que se establezcan los cargos del sistema para el año de gas al que corresponda el ejercicio de la liquidación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-10-01.

Más artículos de Orden TED/1022/2021

En El Vínculo puedes leer Orden TED/1022/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.